DecretoVigencia En Estudio
Decreto 291 de 1958
por el cual se concede un auxilio por una sola vez, se abren unos créditos adicionales -extraordinarios- al Presupuesto vigente (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Obras Públicas, y que se dictan unas disposiciones.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Pioquinto RengifoEl Ministro de Gobierno
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Rodrigo Noguera LabordeEl Ministro de Justicia
- Jesús María MarulandaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Alfonso Sáiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jorge Mejía SalazarEl Ministro de Agricultura
- Raimundo Emilianí RománEl Ministro del Trabajo
- Juan Pablo Llinás AEl Ministro de Salud Pública
- Harold EderEl Ministro de Fomento
- Julio César Turbar AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Educación- Nacional
- Roberto Salazar GómezEl Ministro de Obras Públicas