Micelio

Artículo 2

Decreto 291 de 1958 · por el cual se concede un auxilio por una sola vez, se abren unos créditos adicionales -extraordinarios- al Presupuesto vigente (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Obras Públicas, y que se dictan unas disposiciones.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de un millón de pesos ($ 1.000.000.00) moneda corriente, que se incorpora con imputación al numeral siguiente; RECURSOS DEL CREDITO. Numeral 136. Producto de la emisión de Bonos Nacionales de Deuda Interna del 8%de interés anual, o de Certificados Provisionales de; los mismos Bonos, conforme a los Decretos legislativos 355 y 381 de 1957, artículos 6º y 19, 0080 de 1958, artículo quinto, modificados por el artículo segundo de éste Decreto legislativo (0106), y según contrato de fideicomiso celebrado con el Banco de la República el 14 de diciembre de 1957 $ 1.000.000.00 Total $ 1.000.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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