DecretoVigente
Decreto 723 de 1922
Por el cual se reorganizan los trabajos de la Carretera Central del Norte en las secciones de Cundinamarca y Boyacá, y se hacen unos nombramientos
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para La Reorganización De Los Trabajos De La Carretera Central Del Norte En Las Secciones De Cundinamarca Y Boyacá, Se Dividirá La Carretera En Tres Trayectos, Así: De Bogotá Al Límite Con Boyacá, Kilómetro 115; De Ese Límite A Duitama, Kilómetro 221, Y De Duitama Al Kilómetro 2702Destínase La Partida Mensual Del Presupuesto De La Actual Vigencia Exclusivamente Para El Pago Del Personal Y Para Los Trabajos De Construcción Y Reconstrucción En Esta Forma: Los $ 1,156-30 Para El Primer Trayecto, Departamento De Cundinamarca, Y Los $ 2,345-90 Para Los Dos Trayectos Del Departamento De Boyacá, Así: $ 1,645-90 Para El Trayecto Del Límite De Cundinamarca A Duitama, Y $ 700 Para El Tercero3Trasládase La Aduanilla De Chapinero Del Sitio Donde Hoy Se Encuentra A Un Punto Intermedio Entre Los Kilómetros 6 Y 7, Hacia El Norte Del Empalme De La Avenida Santiago De Chile Y La Carretera, Lo Más Próximo A Aquélla4El Personal Dependiente De La Carretera Será El Siguiente: Un Ingeniero Administrador Para Ambas Secciones, Con Sueldo Mensual De $ 150, Y $ 30 Para Gastos De Movilización; Un Cajero Contador, Con Sueldo Mensual De $ 110, Más $ 40 Para Gastos De Movilización; Un Ayudante Del Ingeniero En La Sección De Cundinamarca, Con Sueldo Mensual De $ 80, Más $ 20 Para Gastos De Movilización; Un Ayudante Del Ingeniero Para La Sección De Boyacá , Con La Misma Asignación Del Anterior; Un Jefe De Trabajos En La Sección De Cundinamarca, Con Sueldo Mensual De $ 80; Un Ayudante Cadenero Del Ingeniero, Con El Jornal Y Funciones Que Le Señala El Decreto Ejecutivo Número 252, De 25 De Febrero Último, Y Un Chofer Para El Camión, Con La Asignación Mensual De $ 805El Ingeniero Administrador Procederá A Acometer De Preferencia Las Siguientes Obras Importantes: El Montaje De Dos Puentes De Hierro Para Sustituir Los Actuales A Las Salidas Norte Y Sur De Villa Pinzón; El Montaje De Un Puente Metálico En El Ramal A Sogamoso Sobre El Río Grande, Y La Traslación Del Que Allí Existe Al Río Chiquito; La Reconstrucción Del Ramal A Nemocón; La Construcción De La Variante De Tunja Y La Reconstrucción Del Trayecto Que Atraviesa La Misma Ciudad, Y El Arreglo Conveniente Del Trayecto Denominado La Trocha6La Maquinaria, Herramientas, Semovientes Y Demás Elementos Pertenecientes A La Vía Quedarán Bajo La Responsabilidad Del Cajero Contador De Ella Para Ante La Corte De Cuentas, Quien Deberá Presentar El Inventario Respectivo, Visado Por El Ingeniero Administrador, A Dicha Entidad7Nómbrase Para Desempeñar El Puesto De Ingeniero Administrador Al Señor Doctor Luis Alberto Londoño, En Reemplazo Del Señor Doctor Guillermo Camacho G
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