Micelio

Artículo 5

El Ingeniero Administrador Procederá A Acometer De Preferencia Las Siguientes Obras Importantes: El Montaje De Dos Puentes De Hierro Para Sustituir Los Actuales A Las Salidas Norte Y Sur De Villa Pinzón; El Montaje De Un Puente Metálico En El Ramal A Sogamoso Sobre El Río Grande, Y La Traslación Del Que Allí Existe Al Río Chiquito; La Reconstrucción Del Ramal A Nemocón; La Construcción De La Variante De Tunja Y La Reconstrucción Del Trayecto Que Atraviesa La Misma Ciudad, Y El Arreglo Conveniente Del Trayecto Denominado La Trocha

Decreto 723 de 1922 · Por el cual se reorganizan los trabajos de la Carretera Central del Norte en las secciones de Cundinamarca y Boyacá, y se hacen unos nombramientos

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 5.º El Ingeniero Administrador procederá a Acometer de preferencia las siguientes obras importantes: el montaje de dos puentes de hierro para sustituir los actuales a las salidas norte y sur de Villa Pinzón; el montaje de un puente metálico en el ramal a Sogamoso sobre el río Grande, y la traslación del que allí existe al río Chiquito; la reconstrucción del ramal a Nemocón; la construcción de la variante de Tunja y la reconstrucción del trayecto que atraviesa la misma ciudad, y el arreglo conveniente del trayecto denominado La Trocha .

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 723 de 1922