DecretoVigente
Decreto 405 de 1994
por el cual se reglamenta el Decreto-Ley 078 de enero 15 de 1987 y se deroga el Decreto 1555 de agosto 3 de 1988
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º A Partir De La Fecha En Que Se Realice La Entrega Efectiva A Que Se Refiere El Parágrafo De Este Artículo, Los Distritos Y Municipios Ejercerán Las Funciones Establecidas En El Decreto-Ley 78 De 1987 Que Mediante Decreto 1555 De 1988 Fueron Trasladadas A La Superintendencia De Sociedades2º Los Distritos Y Municipios Deberán Anexar A La Información De Que Trata El Numeral 8º Del Artículo 2º Del Decreto 078 Del 15 De Enero De 1987, Los Antecedentes Que Posean De La Persona Natural O Jurídica Que Se Pretenda Intervenir3º El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación Y Deroga Todas Las Normas Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto 1555 Del 3 De Agosto De 1988
03
Firmas
Gobierno Nacional
04
Quién cita esta norma
Mostrando 6 de 6
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- Radicación 2013- 01- 556032 En los procesos concursales las medidas cautelares se practican conforme al Cód. General del Proceso.2014
- RADICACIONES 2013- 01- 529332 / 2013- 01- 5277502014
- Ref.: Radicación 2012- 01- 067865 Definir la entidad competente para ordenar la toma de posesión de los negocios, bienes y haberes de las personas dedicadas a la actividad de vivienda no corresponde a esta Entidad.2012
- FUNCIONES EN MATERIA DE VIVIENDA2011
- 220-11079 Procedimiento para la toma de posesión.2000