Decreto
Decreto 1394 de 2025
por el cual se modifican los artículos 2.6.7.15.2., 2.6.7.15.3., 2.6.7.15.4. y el parágrafo del artículo 2.6.7.15.5. del Capítulo 5 del Título 7 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto número 068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, para adicionar recursos a la línea de redescuento con tasa compensada de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter) destinada a financiar a las entidades territoriales de categoría Especial y categorías 1 a 6 para el fortalecimiento institucional mediante el saneamiento fiscal y financiero y el reperfilamiento de deuda.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo del parágrafo del literal b) del numeral 3 del artículo 270 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el artículo 68 de la Ley 617 de 2000 y
- Germán Ávila PlazasEl Ministro de Hacienda y Crédito Público