Ley 490 de 1998
Ley 490 De 1998
por la cual se transforma la Caja Nacional de Previsión Social de Establecimiento Público en Empresa Industrial y Comercial del Estado y se dictan otras disposiciones.
Modificaciones
lo que esta ley cambió y lo que la cambió
Modifica a otras normas · 0
lo que esta ley cambió
Ninguna.
Modificada por · 1
lo que cambió a esta ley
Decretos reglamentarios
2 decretos desarrollan esta ley
- Decreto 3727 de 2003los artículos 52
por el cual se reglamentan los artículos 52, 121 y 130 de la Ley 100 de 1993, el artículo 4° de la Ley 490 de 1998 y se regula la competencia para reconocer, liquidar y pagar los bonos pensionales y cuotas partes pensionales a cargo de las liquidadas Oficinas de Registro de Cambios, Prefectura de Control de Cambios y de Control de Cambios.
- Decreto 1404 de 1999parcialmente
por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 490 de 1998
Constitucionalidad
la Corte revisó 1 artículo en 5 sentencias
Sentencias que la revisaron · 5
Artículos con control constitucional · 1
Articulado
15 artículos
- 1Naturaleza Jurídica
- 2Objeto
- 3Funciones
- 4Reconocimiento Y Liquidación De Pensiones
- 5Domicilio
- 6Organos De Dirección
- 7Funciones De La Junta Directiva
- 8Gerente. Representación Legal
- 9Clasificación De Los Servidores Públicos De La Caja Nacional De Previsión Social
- 10Indemnización Por Retiro De Servidores Públicos De Cajanal
- 11Derechos Y Obligaciones De La Caja Nacional De Previsión Social
- 12Criterios Que Orientan La Reestructuración
- 13Plazo Para Reestructuración
- 14Artículo 145 sentencias
- 15Vigencia Y Derogatoria
Firmas
quiénes sancionaron la ley
Congreso de la República
- Fabio Valencia CossioEl Presidente del Honorable Senado de la República
- Luis Francisco BoadaEl Secretario General (E) del honorable Senado de la República
- Emilio Martínez RosalesEl Presidente de la honorable Cámara de Representantes
- Gustavo Bustamante MorattoEl Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoPresidente de la República
- Juan Mario Laserna JaramilloencargadoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Hernando Yepes ArcilaEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Juan Pablo Uribe RestrepoencargadoEl Viceministro de Salud, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Salud
Quién cita esta ley
dónde se referencia esta norma en otras fuentes
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