Ley · OrdinariaVigente
Ley 1086 de 2006
Ley 1086 De 2006
por medio de la cual se permite la realizacion de la judicatura al servicio de las ligas y asociaciones de consumidores.
5artículos
1norma que modifica
0veces modificada
1sentencia
01
Modificaciones
lo que esta ley cambió y lo que la cambió
Modifica a otras normas · 1
lo que esta ley cambió
Modificada por · 0
lo que cambió a esta ley
Ninguna.
02
Constitucionalidad
la Corte revisó 3 artículos en 1 sentencia
3Exequible
Sentencias que la revisaron · 1
Artículos con control constitucional · 3
03
Articulado
5 artículos
04
Firmas
quiénes sancionaron la ley
Congreso de la República
- Dilian Francisca Toro TorresLa Presidenta del honorable Senado de la República
- Emilio Ramón Otero DajudEl Secretario General del honorable Senado de la República
- Alfredo Cuello BauteEl Presidente de la honorable Cámara de Representantes
- Angelino Lizcano RiveraEl Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
05
Quién cita esta ley
dónde se referencia esta norma en otras fuentes
Mostrando 3 de 3
- FACULTAD DE INSPECCION DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.2015
- Entidad Competente Para Conocer De Las Controversias En Torno De La Vulneración Del Regimen De Protección Al Consumidor, Es La Superintendencia De Industria Y Comercio.2014
- Término Inspección Para Acreditar El Cumplimiento De La Judicatura, A Fin De Optar El Titulo De Abogado.2009