DecretoVigente
Decreto 1308 de 2003
por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 549 de 1999 y la Ley 780 de 2002.
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Alvaro Uribe VelezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con lo previsto en el artículo 2º de la Ley 549 de 1999 y el artículo 67 de la Ley 780 de 2002
- Roberto Junguito BonnetEl Ministro de Hacienda y Crédito Público