Micelio
DecretoVigente

Decreto 1291 de 1997

por el cual se crea una Comisión Interinstitucional.

8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Créase Una Comisión Interinstitucional Para La Revisión De Las Normas Penales Que Puedan Relacionarse Con La Protesta Social, La Cual Estará Integrada Por: A) El Ministro De Justicia Y Del Derecho O Su Delegado, Quien La Presidirá; B) El Ministro Del Interior O Su Delegado; C) El Ministro De Trabajo Y Seguridad Social O Su Delegado; D) El Ministro De Defensa Nacional O Su Delegado; E) El Procurador General De La Nación O Su Delegado; F) El Defensor Del Pueblo O Su Delegado; G) Seis (6) Representantes De Las Centrales Obreras; H) Un Representante Del Colectivo De Abogado José Alvear Restrepo Y Uno De La Comisión Colombiana De Juristas2La Comisión Interinstitucional Para La Revisión De Las Normas Penales Que Puedan Relacionarse Con La Protesta Social Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Estudiar Las Normas Sustanciales Y Procedimentales Que Puedan Afectar La Acción Sindical Y Los Derechos Constitucionales Relacionados Con La Protesta Social; B) Elaborar Los Proyectos De Ley Y Derectos Que Considere Necesarios Para Ser Presentados A Consideración Del Gobierno Nacional Para Su Posterior Trámite Ante El Congreso De La República O Para Su Expedición Por La Vía Ejecutiva3º4º5º6La Comisión Dispondrá De Una Secretaría Técnica, Conformada Por Cuatro (4) Miembros Así: Dos Por El Sector Estatal, Uno Por El Ministerio De Justicia Y Del Derecho, Quien La Coordinará, Y El Otro, Preferentemente, Por Parte De Uno De Los Organismos De Control; Uno Por Las Centrales Obreras Y Uno Por Parte De Las Organizaciones No Gubernamentales7Artículo 78º
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