Micelio

Artículo 2

La Comisión Interinstitucional Para La Revisión De Las Normas Penales Que Puedan Relacionarse Con La Protesta Social Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Estudiar Las Normas Sustanciales Y Procedimentales Que Puedan Afectar La Acción Sindical Y Los Derechos Constitucionales Relacionados Con La Protesta Social; B) Elaborar Los Proyectos De Ley Y Derectos Que Considere Necesarios Para Ser Presentados A Consideración Del Gobierno Nacional Para Su Posterior Trámite Ante El Congreso De La República O Para Su Expedición Por La Vía Ejecutiva

Decreto 1291 de 1997 · por el cual se crea una Comisión Interinstitucional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Comisión Interinstitucional para la Revisión de las Normas Penales que puedan relacionarse con la protesta social tendrá las siguientes funciones

a)

Estudiar las normas sustanciales y procedimentales que puedan afectar la acción sindical y los derechos constitucionales relacionados con la protesta social;

b)

Elaborar los proyectos de ley y derectos que considere necesarios para ser presentados a consideración del Gobierno Nacional para su posterior trámite ante el Congreso de la República o para su expedición por la vía ejecutiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1291 de 1997