DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1290 de 1984
Por el cual se dictan medidas sobre competencia en materia penal y se modifican y aclaran unas disposiciones
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º El Artículo 1º Del Decreto Número 1042 De 1984, Quedará Así: "el Conocimiento De Los Delitos A Que Se Refieren Los Artículos 37, 38, Inciso 1º, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 49, 50 Y 51 Del Decreto 1188 De 1974 Corresponde A La Justicia Penal Militar, La Cual Los Juzgará Por El Procedimiento De Los Consejos De Guerra Verbales, Consagrados En El Libro Cuarto, Título Vi, Capitulo 2º, Del Código De Justicia Penal Militar (Artículos 566 Y Siguientes)2º Las Conductas A Que Me Refiere El Artículo 38 Inciso 1º Del Decreto 1188 De 1974, Cuando Correspondan A Cantidades Que No Excedan De 500 Gramos, Se Investigarán Y Juzgarán Por El Procedimiento Señalado En El Artículo 590 Del Código De Justicia Penal Militar3º4º5º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias