DecretoDeclarado Inexequible
Decreto 387 de 1983
Por el cual se modifica parcialmente la Ley 2º de 1976 y se dictan otras disposiciones
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Visas Expedidas A Partir De La Vigencia De Este Decreto Causarán Impuesto De Timbre Nacional En Las Cuantías Que Se Determinan A Continuación: 12Las Solicitudes Para La Obtención De Las Visas A Que Se Refieren Los Ordinales 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º Y 10 Del Artículo Anterior Y Las Que Sean Necesarias Para La Extensión De La Permanencia De Extranjeros En El País, Aclaraciones O Traslados De Visas, Definición De Nacionalidad, Expedición Y Prórroga De Documentos De Viaje Con Excepción De Refugiados Y Asilados, Deberán Ser Presentadas En Formularios Especiales Que Para El Efecto Distribuirá El Fondo Rotatorio Del Ministerio De Relaciones Exteriores3Las Tarjetas De Turismo Y De Tránsito Serán Expedidas Sin Costo4Cuando La Cancelación De Los Valores Señalados En Los Artículos Anteriores Deba Hacerse En El Territorio Nacional, Los Mismos Se Liquidarán Al Tipo De Cambio Oficial5Lo Dispuesto En El Presente Decreto Se Entenderán Sin Perjuicio De Lo Previsto En Los Tratados Internacionales Vigentes6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 122 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 3742 de 1982
- Rodrigo Escobar NaviaEl Ministro de Gobierno
- Rodrigo Lloreda CaicedoEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Bernardo Gaitán MahechaEl Ministro de Justicia
- Edgar Gutiérrez CastroEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Fernando Landazábal ReyesEl Ministro de Defensa Nacional
- Roberto Junguito BonnettEl Ministro de Agricultura
- Jaime Pinzón LópezEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Jorge García GómezEl Ministro de Salud
- Roberto Gerlein EcheverríaEl Ministro de Desarrollo Económico
- Carlos Martínez SimahánEl Ministro de Minas y Energía
- Jaime Arias RamírezEl Ministro de Educación Nacional
- Bernardo RamírezEl Ministro de Comunicaciones
- José Fernando Isaza DelgadoEl Ministro de Obras Públicas y Transporte