Micelio

Artículo 3

Las Tarjetas De Turismo Y De Tránsito Serán Expedidas Sin Costo

Decreto 387 de 1983 · Por el cual se modifica parcialmente la Ley 2º de 1976 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las tarjetas de turismo y de tránsito serán expedidas sin costo.

La tarjeta de turismo con automóvil y la tarjeta de permiso especial de tránsito fronterizo tendrán un valor de diez dólares (US$ 10.00).

Estas tarjetas serán distribuidas por el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y su producto ingresará a su patrimonio.

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 3º Las tarjetas de turismo y de tránsito serán expedidas sin costo.

La tarjeta de turismo con automóvil y la tarjeta de permiso especial de tránsito fronterizo tendrán un valor de diez dólares (US$ 10.00).

Estas tarjetas serán distribuidas por el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y su producto ingresará a su patrimonio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 387 de 1983