Micelio
DecretoVigente

Decreto 2196 de 1986

por el cual se aprueban los estatutos de la Compañía de Financiamiento Comercial de Promociones S. A. “Pronta”.

37artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Apruébanse Los Estatutos De La Compañía De Financiamiento Comercial De Promociones S2Artículo 21Nombre Y Naturaleza Juridica2Domicilio3Objeto Social4Plazo5Regimen Del Objeto Social6Regimen De Los Demas Actos Societarios7Control Y Vigilancia8Capital9Reserva Legal10Aumento De Capital11Titulos De Las Acciones12Libro De Registro De Accionistas13Negociacion De Las Acciones14Nombramiento Y Posesion15Calidades De Los Directores16Presidencia De La Junta17Reuniones18Funciones19Toma De Decisiones20Actas21Honorarios Por Asistencia A Las Reuniones22Suplentes23Agente Del Presidente De La Republica24Otras Funciones Del Presidente25Restricciones Para El Presidente Por Razon De Su Calidad26Suplencia Del Presidente27Vicepresidencias28El Revisor Fiscal Y Sus Primero Y Segundo Suplentes Serán Elegidos Por La Junta Directiva, Para Períodos De Dos Años; Podrán Ser Reelegidos Indefinidamente Y Removidos Libremente A Juicio De La Junta Directiva29El Revisor Fiscal Tendrá Derecho De Inspección Sobre Todos Los Actos, Libros O Papeles De La Compañía, Pudiendo Pedir Al Presidente, A Los Vicepresidentes Y Empleados Los Datos Que Requiera Para El Buen Desempeño De Sus Funciones, Así Como Exigir Todo Lo Que Fuere Conveniente Para Que Se Cumplan Estrictamente Las Leyes, Los Estatutos, Las Decisiones De La Junta Directiva, Y Las Órdenes, Instrucciones De La Superintendencia Bancaria30Son Funciones Adicionales Del Revisor Fiscal: A) Cerciorarse De Que Las Operaciones Que Se Ejecuten Estén Conformes Con Los Estatutos Y Las Disposiciones De La Junta Directiva; B) Dar Oportunamente Cuenta, Por Escrito, A La Junta Directiva O Al Presidente De La Compañía, Según El Caso, De Las Irregularidades Que Ocurran En El Funcionamiento De La Entidad Y En El Desarrollo De Sus Negocios, Cuando A Su Juicio La Gravedad Del Tema Lo Justifique, Dentro Del Marco De Sus Responsabilidades; C) Colaborar Con Las Entidades Gubernamentales Que Ejerzan La Inspección Y Vigilancia De La Compañía Y Rendirles Los Informes A Que Haya Lugar O Le Sean Solicitados; D) Inspeccionar Los Bienes De La Compañía Y Procurar Que Se Tomen Oportunamente Las Medidas De Conservación O Seguridad De Los Mismos Y De Los Que La Institución Tenga En Custodia; E) Impartir Las Instrucciones, Practicar Las Inspecciones Y Solicitar Los Informes Que Sean Necesarios Para Establecer Un Control Permanente Sobre Los Bienes Y Valores Sociales; F) Examinar Y Autorizar Con Su Firma Los Balances De La Compañía, Con Su Dictamen O Informe Correspondiente Conforme A Principios De Contabilidad De Aceptación General Y A Disposiciones Legales; G) Convocar A La Junta Directiva A Reuniones Especiales Diferentes De Las Ordinarias, Cuando A Su Juicio Las Circunstancias Lo Exijan; H) Cumplir Las Demás Atribuciones Que Le Correspondan De Acuerdo Con La Ley Y Los Estatutos31Artículo 3132Regimen Laboral33Manejo De Los Bienes34Derogaciones2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación
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