DecretoVigente
Decreto 3239 de 1953
Por el cual se reglamentan los artículos 2 y 3 del Decreto extraordinario número 2501 de 25 de septiembre del presente año
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Prima De Navidad De Que Tratan Los Artículos 2° Y 3° Del Decreto 2501 De 25 Septiembre Del Corriente Año, Equivalente Al Cincuenta Por Ciento (50%) De La Remuneración Mensual, Que No Exceda De Mil Pesos ($ 12La Prima De Que Trata, El Artículo Anterior Se Pagará Completa A Aquellos Empleados U Obreros Que Hayan Prestado Sus Servicios A La Nación, Durante Los Doce (12) Meses Del Año A Que Corresponde Cada Prima3Los Servicios Prestados Durante El Año En Distintas Dependencias Nacionales Serán Acumulados, Y Su Pago Se Hará Por La Entidad En Que Se Prestó El Último Servicio4La Prima De Navidad Se Pagará A Más Tardar El Quince (15) De Diciembre De Cada Año, Y Para Tales Efectos Dicho Mes Se Considera De Servicio Cumplido, Para Quienes Tengan La Calidad De Empleados U Obreros En Dicho Mes5A Los Funcionarios Qúo Trabajan En El Exterior Al Servicio De La Nación Se Les Liquidará La Prima En Los Términos Fijados En Este Decreto, Computando El Peso Colombiano A La Par Con El Dólar6Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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