DecretoDerogado
Decreto 1393 de 2018
por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se determinan las funciones de sus dependencias.
20artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Estructura2Funciones De La Dirección General De Unidad Especial3Funciones De La Oficina Asesora Jurídica4Funciones De La Oficina Asesora De Planeación5Funciones De La Oficina Asesora De Comunicaciones Y Pedagogía6Funciones De La Oficina De Gestión Del Conocimiento7Funciones De La Oficina De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones8Funciones De La Oficina De Control Interno9Funciones De La Subdirección General Técnica Y Territorial10Funciones De La Dirección Técnica De Información, Planeación Y Localización Para La Búsqueda11Artículo 1112Funciones De La Subdirección De Análisis, Planeación Y Localización Para La Búsqueda13Funciones De La Dirección Técnica De Prospección, Recuperación E Identificación14Funciones De La Dirección Técnica De Participación, Contacto Con Las Víctimas Y Enfoques Diferenciales15Funciones De La Secretaría General16Funciones De La Subdirección De Gestión Humana17Funciones De La Subdirección Administrativa Y Financiera18La Unidad Contará Con Grupos Internos O Equipos Territoriales Adscritos A La Subdirección General Técnica Y Territorial, Los Cuales Operaran En Los Lugares Que Determine La Dirección General Conforme A Criterios De Demanda Y Oferta Que Se Generen En Desarrollo De La Misión Y De Los Planes De Búsqueda De La Ubpd19Conformación Y Funciones Del Consejo Asesor20El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 288 De 2018
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 25 del Decreto-ley 589 de 2017
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Enrique Gil BoteroEl Ministro de Justicia y del Derecho
- Liliana Caballero DuránLa Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública