Micelio

Artículo 4

Funciones De La Oficina Asesora De Planeación

Decreto 1393 de 2018 · por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Oficina Asesora de Planeación. Las funciones de la Oficina Asesora de Planeación, serán las siguientes

1.

Asesorar a la Dirección General y a las demás dependencias en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas y proyectos de la UBPD.

2.

Elaborar, en coordinación con las demás áreas, el plan estratégico institucional y los planes de acción de acuerdo con la legislación vigente sobre la materia.

3.

Hacer el seguimiento y evaluación a la gestión institucional, consolidar el informe de resultados y preparar los informes para las instancias competentes.

4.

Hacer el seguimiento a la ejecución de los planes estratégicos y al cumplimiento de las metas de la UBPD.

5.

Elaborar, en coordinación con la Secretaria General, el anteproyecto de presupuesto, la programación presupuestal y plurianual de la UBPD.

6.

Realizar el seguimiento a la ejecución presupuestal de los planes, programas y proyectos y viabilizar las modificaciones presupuéstales de inversión ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación.

7.

Elaborar estudios, propuestas y diagnósticos de la gestión, tendientes a mejorar la calidad de los servicios, el cumplimiento de las funciones, la efectividad de los resultados y optimizar el uso de recursos.

8.

Liderar la programación y monitoreo de las metas misionales y financieras de la UBPD.

9.

Orientar y coordinar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión,

10.

Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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