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Artículo 12

Funciones De La Subdirección De Análisis, Planeación Y Localización Para La Búsqueda

Decreto 1393 de 2018 · por el cual se establece la estructura interna de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado (UBPD) y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección de Análisis, Planeación y Localización para la Búsqueda. Las funciones de la Subdirección de Análisis, Planeación y Localización para la Búsqueda, serán las siguientes

1.

Desarrollar metodologías y estrategias para la planeación de la búsqueda que permitan abordar apropiadamente los escenarios particulares en donde puedan hallarse las personas dadas por desaparecidas.

2.

Analizar la información recolectada e identificar necesidades adicionales de información para formular los planes de búsqueda nacional y regional, de acuerdo con las características de la desaparición y el contexto donde puede hallarse a la persona o personas dadas por desaparecidas.

3.

Construir documentos de trabajo e informes que apoyen la recolección de información y elaboración de los planes de búsqueda.

4.

Elaborar el plan nacional y los planes regionales de búsqueda de personas dadas por desaparecidas, en los cuales se dé cuenta de la localización y condición de la víctima.

5.

Apoyar la definición de criterios que orienten la estrategia de intervención de la UBPD en el territorio a partir de los planes nacional y regionales de búsqueda.

6.

Incorporar los criterios y lineamientos de interlocución permanente y participación de los familiares de las víctimas, así como los lineamientos para la incorporación de los enfoques diferenciales, territoriales, étnicos y de género en el desarrollo de las funciones de la dependencia.

7.

Aplicar las políticas y protocolos institucionales que garanticen la protección y confidencialidad de la información obtenida para la búsqueda, y el contacto y protección de personas y organizaciones que aporten información para la búsqueda, en desarrollo del carácter extrajudicial de la UBPD.

8.

Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

9.

Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación.

10.

Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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