DecretoVigente
Decreto 996 de 1894
Por el cual se reforma el Reglamento del Panóptico de Bogotá
13artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Personal De Empleados Del Panóptico De Esta Ciudad Será El Mismo Que Determina El Decreto Número 208 Del 20 De Marzo De 1890, Dictado Por La Gobernación De Cundinamarca Pero En La Sección De Mujeres Habrá Una Directora Y Una Celadora2° Los Deberes Del Director Del Subdirector, Del Médico, Del Capellán Y Del Secretario Serán Los Detallados En El Decreto Antes Citado De La Gobernación De Cundinamarca3° Uno De Los Guarda-Almacenes, Tendrá Además De Las Atribuciones Y Deberes Que Se Le Imponen Por El Decreto Mencionado La De Recibir Los Materiales Tanto De Obra Del Panóptico Como Para Los Talleres Y Distribuirlos Á Medida Que Se Vayan Necesitando En Virtud De Orden Del Inspector4° Cuatro De Los Vigilantes Serán Jefes De Las Cuatro Secciones En Que Se Divide El Presidio Y Tendrán Las Obligaciones Que Se Les Imponen Por Los Artículos 10 Y 11 Del Reglamento5° De Los Otros Cuatro Vigilantes Uno Manejará El Botiquín Y Tendrá Á Su Cargo La Vigilancia Del Hospital ; Otro Ayudará Á La Vigilancia De Las Secciones 1ª Y 2ª Y Especialmente Vigilará Á Los Reclusos Que Trabajan En Alfarería ; Y Los Otros Dos Contribuirán Á Vigilancia De Las Secciones Que Trabajan En La Cantera Ó Fuera Del Establecimiento6° La Misión Principal Del Inspector Es Hacer Que Todos Los Empleados Del Establecimiento Cumplan Estrictamente Sus Deberes Y Con Tal Fin Visitará Diariamente Cada Unas De Las Secciones Y Las Oficinas Del Director Y Del Síndico, Dando Cuenta Al Gobierno De Las Irregularidades Que Note7° La Directora Y Celadora De La Sección De Mujeres Tienen Los Deberes Que Se Les Han Impuesto Por Decretos Anteriores8° En La Obra Del Panóptico Habrá Los Empleados De Que Trata El Decreto Número 896 De 18939El Capellán Dictará Todos Los Sábados Á Las 5 P10Los Empleados Del Panóptico Gozarán De Las Siguientes Asignaciones Mensuales : El Inspector Y El Director $ 160 ; Cada Uno; El Síndico $ 130 ; El Subdirector $ 120 ; El Capellán Y El Médico Á $ 100 Cada Uno ; El Secretario, La Directora De La Sección De Mujeres, Las Guarda-Almacenes, Los Dos Escribientes, Los Cuatro Vigilantes Maestros Y El Encargado Del Hospital Á $ 60 Cada Uno ; Y Los Otros Tres Vigilantes Á $ 50 Cada Uno , La Celadora De La Sección De Mujeres $ 40 Y Los Porteros Á $ 30 Cada Uno11Nombrase Á Los Siguientes Señores Empleados Del Panóptico En Propiedad12La Directora Y Celadora De La Sección De Mujeres Y Los Dos Porteros Continuarán También Con El Carácter De Interinos Lo Mismo Que El Secretario13Los Empleados No Reconocidos En Este Decreto Cesarán En El Desempeño De Sus Funciones El 15 De Septiembre Próximo ; Los Reconocidos Disfrutarán De Los Sueldos Asignados En Este Decreto Desde El 10 Del Mismo Mes
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