° La misión principal del Inspector es hacer que todos los empleados del establecimiento cumplan estrictamente sus deberes y con tal fin visitará diariamente cada unas de las secciones y las Oficinas del Director y del Síndico, dando cuenta al Gobierno de las irregularidades que note. Tendrá además los deberes siguientes : a).Inspeccionar diariamente la obra del Panóptico y contratar los materiales que á juicio del Director de obras públicas se vayan necesitando, sometiendo los contratos que haga á la aprobación del Gobierno; b). Visar las cuentas que por estos gastos le sean presentadas y las nóminas de los empleados del establecimiento y los contratos sobre alimentación; c). Visitar diariamente el departamento de mujeres y atender á las quejas de los empleados ó de los pesos dictando las providencias á que haya lugar; d). Descontar en las nóminas á los empleados proporcional y rigurosamente los días que, sin excusa legítima, dejen de presentar los servicios á que estén obligados.
Decreto 996 de 1894 →Vigente
Artículo 6
° La Misión Principal Del Inspector Es Hacer Que Todos Los Empleados Del Establecimiento Cumplan Estrictamente Sus Deberes Y Con Tal Fin Visitará Diariamente Cada Unas De Las Secciones Y Las Oficinas Del Director Y Del Síndico, Dando Cuenta Al Gobierno De Las Irregularidades Que Note
Decreto 996 de 1894 · Por el cual se reforma el Reglamento del Panóptico de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.