DecretoVigente
Decreto 952 de 1928
Por el cual se reasume el Poder Ejecutivo la facultad de hacer algunos nombramientos en el ramo de Prisiones
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Desde La Fecha Del Presente Decreto, El Poder Ejecutivo Hará, Por Conducto De La Sección 2 A Del Ministerio De Gobierno, Los Nombramientos De Directores, Subdirectores, Madicos, Capellanes, Síndicos Y Alcaides De La Penitenciarías, Carceles, Secciones De Presidio Y Colonias Penales De La República2O Los Directores De Los Establecimientos Indicados Enviarán En La Primera Quincena Del Próximo Mes De Junio Un Cuadro Indicativo Del Personal De Los Respectivos Establecimientos Existentes El 13En La Sección 24Los Directores De Los Establecimientos Dichos Anteriormente, Y Los De Las Reclusiones De Mujeres, Indicarán Mensualmente A La Sección 2
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