Decreto
Decreto 888 de 2024
por medio del cual se decreta el Cese al Fuego Bilateral y Temporal con Respeto a la Población Civil, entre el Gobierno nacional y el autodenominado Estado Mayor de los Bloques Magdalena Medio Comandante Gentil Duarte, Comandante Jorge Suárez Briceño y Frente Raúl Reyes FARC - EP, y se dictan otras disposiciones.
12artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Cese Al Fuego Bilateral Y Temporal Con Respeto A La Población Civil2Suspensión De Las Operaciones Ofensivas De La Fuerza Pública3Cumplimiento De La Normativa4En Todo Momento Y Bajo Cualquier Circunstancia Se Debe Tener Presente Que Las Acciones De La Fuerza Pública Que Se Realicen En Virtud De Este Decreto Se Efectúan En El Marco De Un Proceso De Paz Autorizado Por La Constitución Política, Permitido Por La Ley Y Ordenado Por El Presidente De La República5Veeduría, Monitoreo Y Verificación6De La Protección De Los Integrantes Del Mvmv7Veeduría Social8Coordinaciones Con Unidades Militares Y De Policía9Coordinaciones Con Otras Autoridades10De Los Recursos Necesarios Para La Implementación11Campañas De Divulgación12Vigencia
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