DecretoDerogado
Decreto 86 de 1986
por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Departamento del Cauca y se dictan otras disposiciones.
6artículos
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0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º A Partir Del 1º De Enero De 1986, Establéense Las Siguientes Escalas De Remuneración Mensual Para Los Empleos De La Corporación Para La Reconstrucción Y Desarrollo Del Departamento Del Cauca, De Que Trata El Decreto Ley 473 De 19842Las Asignaciones Fijadas En Las Escalas Corresponden Exclusivamente A Empleos De Carácter Permanente Y De Tiempo Completo3º A Partir Del 1º De Enero De 1986, La Remuneración Mensual Del Director General De La Corporación Para La Reconstrucción Y Desarrollo Del Departamento Del Cauca, Será Equivalente Al Noventa Por Ciento (90%) De La Remuneración Mensual, Que Por Concepto De Asignación Básica Y Gastos De Representación Devenguen Los Ministros Y Jefes De Departamento Administrativo4º La Corporación Reconocerá A Y Pagará A Sus Empleados Públicos De Tiempo Completo Un Subsidio De Alimentación En Cuantía Equivalente A Un Mil Ochocientos Treinta Pesos ($ 15º Establécese La Siguiente Escala De Viáticos Para Los Empleados, Que Deban Cumplir Comisiones En El Interior Del País O En El Exterior: Empleos Viaticos Diarios En Pesos Para Comisiones En El Pais Viaticos Diarios En Dolares Estaudinenses Para Comisiones El Exterior Hasta Hasta Nivel Operativo 16º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1986, Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto - Ley 142 De 1985
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1886
- Hugo Palacios MejiaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Victor G. Ricardo PiñerosEl Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
- Ericina Mendoza SaladenLa Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil