DecretoVigente
Decreto 78 de 1987
por el cual se asignan unas funciones a entidades territoriales beneficiaras a la cesión del Impuesto del Valor Agregado (IVA).
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º2º3Las Resoluciones En Virtud De Las Cuales Se Conceden Los Permisos De Que Tratan Los Artículos Anteriores Deberán Ser Registradas En El Folio De Matrícula Inmobiliaria Correspondiente Dentro De Los Dos (2) Meses Siguientes A Partir De La Fecha De Ejecutoria De Dichas Providencias En La Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Del Circuito Donde Se Encuentre Ubicado El Inmueble A Que Se Refiere El Plan4º5º6º7º
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el ordinal b) del artículo 13 de la Ley 12 de 1986, y
- Fernando Cepeda UlloaEl Ministro de Gobierno
- Cesar Gaviria TrujilloEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Miguel Merino GordilloEl Ministro de Desarrollo Económico
- Maria Mercedes De MartinezLa Jefe del Departamento Nacional de Planeación
04
Quién cita esta norma
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