DecretoVigente
Decreto 527 de 1955
Por el cual se distribuyen las sumas globales apropiadas para sueldos y gastos de sostenimiento de la Sanidad Portuaria
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 21001Del Presupuesto Nacional De Gastos Para La Vigencia Fiscal En Curso, "para Sueldos Del Personal De Las Oficinas De Sanidad Portuaria (Aérea, Terrestre, Marítima Y Fluvial), De Barranquilla, Cartagena, Santa Marta Y Buenaventura, En El Año," Hácese La Siguiente Distribución1002Del Presupuesto Nacional De Gastos Para La Vigencia Fiscal En Curso, "para Gastos De Sostenimiento, Viáticos Y Transportes, De Las Oficinas De Sanidad Portuaria Que Funcionan En El País En El Año", Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 71-
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