De la partida global apropiada en el Capitulo 71, articulo 1001 del presupuesto Nacional de Gastos para la vigencia fiscal en curso, "para sueldos del personal de las Oficinas de Sanidad Portuaria (aérea, terrestre, marítima y fluvial), de Barranquilla, Cartagena, Santa Marta y Buenaventura, en el año," hácese la siguiente distribución.
Capitulo 71-Articulo 1001.
Clave Económica-A2a.
Así: