Micelio
DecretoVigente

Decreto 382 de 1922

Por el cual se modifica el Decreto número 11040 de 1901, que reglamenta el Ceremonial Diplomático de Colombia

10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1A Solicitud Escrita Del Ministerio Diplomático De Un Gobierno Extranjero, Acreditado Ante El De Colombia, El Ministro De Relaciones Exteriores, De Acuerdo Con Las Instrucciones Que Reciba Del Presidente De La República, Señalará El Día Y La Hora En Que Deba Verificarse La Audiencia Para Recibir Al Nuevo Ministro Diplomático, Y Con Una Anticipación De Tres Días, Por Lo Menos, Lo Hará Saber Al Ministro2En El Día Y Momentos Antes De La Hora Fijada Para La Audiencia, El Jefe Del Protocolo Y Un Edecán Del Presidente De La República, Se Dirigirán A La Residencia Del Ministro Que Debe Recibirse, En Uno De Los Carruajes De La Presidencia3El Jefe Del Protocolo Introducirá Al Ministro Al Salón De Recepciones Del Palacio Presidencial En Donde Lo Aguardará El Jefe Del Estado Acompañado Por El Ministro De Relaciones Exteriores Y El Secretario Del Despacho4El Nuevo Ministro Entregará Al Presidente De La República Su Carta Credencial, Cambiándose Entre Los Dos Breves Expresiones De Saludo5Tanto A La Llegada Como A La Salida La Guardia Del Palacio Hará Al Ministro Diplomático Los Honores Correspondientes6Momentos Después El Ministro De Relaciones Exteriores Acompañado Por El Secretario Del Ministerio Y El Jefe Del Protocolo, Visitará En Su Domicilio Al Ministro Que Acaba De Recibirse7El Mismo Día De Su Recepción, El Ministro Diplomático Dejará Tarjeta De Visita A Los Ministros Del Despacho, Quienes Le Corresponderán De La Misma Manera8Cuando Se Tratare De La Recepción De Nuncios O Embajadores, Se Observará El Ceremonial Que Ha Regido Hasta Ahora En Las Audiencias Solemnes De Los Ministros Diplomáticos9Quedan Modificados En Estos Términos Los Artículos 6º, 7º Y 8º Del Decreto Número 1040 De 190110Este Decreto Comenzará A Regir Desde El 1º De Abril Próximo
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