º. El mismo día de su recepción, el Ministro Diplomático dejará tarjeta de visita a los Ministros del Despacho, quienes le corresponderán de la misma manera.
Decreto 382 de 1922 →Vigente
Artículo 7
El Mismo Día De Su Recepción, El Ministro Diplomático Dejará Tarjeta De Visita A Los Ministros Del Despacho, Quienes Le Corresponderán De La Misma Manera
Decreto 382 de 1922 · Por el cual se modifica el Decreto número 11040 de 1901, que reglamenta el Ceremonial Diplomático de Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.