Micelio
DecretoVigente

Decreto 321 de 1979

Por el cual se fijan las escalas de remuneración del Departamento Nacional de Planeación y se dictan otras disposiciones

17artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1De La Escala De Remuneración Del Nivel Directivo Establécese La Siguiente Escala De Remuneración Para J El Nivel Directivo Del Departamento Nacional De Planeación: Grado Remun2De La Escala De Remuneración Del Nivel Ejecutivo3De La Escala De Remuneración Del Nivel Profesional4De La Escala De Remuneración Del Nivel Técnico5De La Escala De Remuneración Del Nivel Administrativo Establécese La Siguiente Escala De Remuneración Para El Nivel Administrativo Del Departamento Naciónal De Planeación: Remuneración Básica Grado 1979 1980 01 56De La Escala De Remuneración-Para El Nivel Operativo7De La Aplicación De Las Escalas8Los Códigos De Los Empleos Denominados "director De Programa Especial" Y "director Regional De Programa Especial", Pertenecientes Al Nivel Ejecutivo Del Departamento Nacional De Planeación, Serán Los Siguientes: Denominación Códigro Códigro Grado De Remuner9Los Límites De Remuneración A Que Se Refieren Los Artículos 30 Del Decreto 1042 De 1978 Y 22 Del Decreto 1046 Del Mismo Año, No Se Aplicarán Respecto De Los Empleados Que, Según El Contrato Celebrado Entre La Nación Y El Banco De La República, Presten Sus Servicios Al Departamento Nacional De Planeación A Través Del Grupo De Estudios Especiales10Los Incrementos De Salarios De Que Trata El Artículo 38 Del Decreto 1046 De 1978, En 1a Forma Como Fue Modificado Por El Artículo 18 Del Decreto 1515 Del Mismo Año, Se Reajustarán El Primero (1°) De Enero De 1979 En Un Diez Y Ocho Por Ciento (18%), Y El Primero (1°) De Enero De 1980 En Un Ocho Por Ciento (8%) Adicional Calculado Sobre El Resultado Del Aumento Anterior11Del Subsidio De Transporte12Del Auxilio De Alimentación13De La Fijación De Los Viáticos14De Los Factores Líe Salarios Para As Liquidación De Viáticos15De Los Gastos De Representación Para Comisiones De Servicio16Del Subsidio Familiar17El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del L" De Enero De 1979; Comuníquese Y Cúmplase
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