DecretoVigente
Decreto 309 de 1958
Por el cual se aumenta la cuantía de las pensiones de los servidores del ramo docente y se dictan otras disposiciones.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del Primero (1o) De Enero De Mil Novecientos Cincuenta Y Nueve (1959) Las Pensiones De Jubilación Nacional De Los Servidores Del Ramo Docente, Cuya Cuantía Sea Inferior A Cien Pesos ($ 1002Igualmente, A Partir Del 1o De Enero De 1959, Las Pensiones De Jubilación Que Se Concedan De Acuerdo Con Lo Dispuesto Por La Ley 29 De 1939 Lo Serán En Las Siguientes Cuantías: Director $ 1803Los Servidores Del Ramo Docente Pensionados Con Arreglo A Las Leyes, Que Hayan Vuelto O Vuelvan Al Servicio De La Educación, Tendrán Derecho Al Reajuste De La Pensión Por Una Sola Vez, Después De Cuatro (4) Años De Servicios Ininterrumpidos4Hácese Extensivo El Beneficio Contenido En El Artículo 1o Del Decreto Número 2235 De 1955 A Los Pensionados Del Ramo Docente Que Desempeñen Cargos De Directores O Rectores En Establecimientos De Educación, Sostenidos Con Fondos Públicos, O De Inspectores De Educación En Los Distintos Grados De La Enseñanza5Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mayor General Gabriel Paris GPresidente de la República · encargado
- Mayor General Pioquinto RengifoEl Ministro de Gobierno
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Rodrigo Noguera LabordeEl Ministro de Justicia
- Jesús María MarulandaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Alfonso Sáiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jorge Mejía SalazarEl Ministro de Agricultura
- Raimundo Emiliani RománEl Ministro del Trabajo
- Juan Pablo LlinásEl Ministro de Salud Pública
- Harold H. EderEl Ministro de Fomento
- Julio César Turbay AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Educación Nacional
- Brigadier General Alfonso Ahumada RuizEl Ministro de Comunicaciones
- Roberto Salazar GómezEl Ministro de Obras Públicas