Micelio

Artículo 2

Igualmente, A Partir Del 1o De Enero De 1959, Las Pensiones De Jubilación Que Se Concedan De Acuerdo Con Lo Dispuesto Por La Ley 29 De 1939 Lo Serán En Las Siguientes Cuantías: Director $ 180

Decreto 309 de 1958 · Por el cual se aumenta la cuantía de las pensiones de los servidores del ramo docente y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Igualmente, a partir del 1o de enero de 1959, las pensiones de jubilación que se concedan de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 29 de 1939 lo serán en las siguientes cuantías: Director $ 180.00, Subdirector o Músico Mayor $ 160.00, y las demás unidades de la Banda $130.00.

Parágrafo

A las cuantías determinadas en el artículo anterior se elevarán automáticamente según el caso, las pensiones que ya han sido reconocidas de acuerdo con la citada Ley 29 de 1939.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 309 de 1958