DecretoVigencia En Estudio
Decreto 261 de 1988
Por la cual se modifican los artículos 29 del Decreto 180 de 1988, 2° y 12 del Decreto 181 de 1988
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º El Artículo 29 Del Decreto 180 De 1988 Quedará Así: "artículo 292º El Artículo 2º Del Decreto 181 De 1988, Quedará Así: "artículo 2º Las Salas Especiales De Juzgamiento Y Los Juzgados De Orden Público A Que Se Refiere El Presente Decreto Conocerán De Los Delitos De Constreñimiento Ilegal, Tortura, Homicidio, Lesiones Personales, Secuestro Y Secuestro Extorsivo Que Se Cometan En La Persona De Un Magistrado, Juez, Agente Del Ministerio Público, Gobernador, Intendente, Comisario, Alcalde, Personero O Tesorero Municipales, O De Un Miembro Principal O Suplente Del Congreso De La República, De Las Asambleas Departamentales, De Los Consejos Intendenciales, De Los Consejos Comisariales O De Los Concejos Municipales O Del Distrito Especial De Bogotá, Presidente De La República, Procurador General De La Nación, Contralor General De La República, Ministro Del Despacho, Jefe De Departamento Administrativo, Candidato, Dirigente Político, Dirigente De Comité Cívico O Gremial, Periodista, Profesor Universitario, O Directivo De Organización Sindical3º El Artículo 12 Del Decreto 181 De 1988, Quedará Así: "artículo 124º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Suspende Todas Las Normas Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política y, en desarrollo del Decreto 1038 de 1984 Publíquesey cúmplase
- Cesar Gaviria TrujilloEl Ministro de Gobierno, Encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comunicaciones · encargado
- Julio Londoño ParedesEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Enrique Low MurtraEl Ministro de Justicia
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Rafael Samudio MolinaEl Ministro de Defensa Nacional
- Luis Guillermo Parra DussanEl Ministro de Agricultura
- Fuad Char AbdalaEl Ministro de Desarrollo Económico
- Guillermo Perry RubioEl Ministro de Minas y Energía
- Antonio Yepes ParraEl Ministro de Educación Nacional
- Diego Younes MorenoEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- José Granada RodríguezEl Ministro de Salud
- Luis Fernando Jaramillo CorreaEl Ministro de Obras Públicas y Transporte