DecretoVigente
Decreto 230 de 1948
Por el cual se dispone la entrega de unos bienes del Ferrocarril de Barranquilla al Ministerio de Obras Públicas
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles Nacionales Entregará Al Ministerio De Obras Públicas Todos Aquellos Inmuebles Que Pertenecieron Al Ferrocarril De Barranquilla, Y Que Se Encuentren Situados En Jurisdicción Del Municipio De Puerto Colombia, Que No Tengan Destinación Especial Para Servicios Oficiales, Ni Se Encuentren Comprendidos Por El Encargo Fiduciario Conferido Al Banco Central Hipotecario2La Referida Entrega Se Hará Por Medio De Comisionados, Y Se Dejará Constancia De Ella En Acta, De La Cual Se Enviarán Sendos Ejemplares Al Ministerio De Obras Públicas Y Al Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles3El Ministerio De Obras Públicas Adelantará Las Gestiones Que Se Estimen Oportunas Y Ejecutará Los Derechos A Que Pueda Haber Lugar Respecto De Los Inmuebles Que Reciba, Situados En Jurisdicción De Puerto Colombia, Y Que Hayan Sido Afectados Por Actos De Terceros
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