Micelio

Artículo 3

El Ministerio De Obras Públicas Adelantará Las Gestiones Que Se Estimen Oportunas Y Ejecutará Los Derechos A Que Pueda Haber Lugar Respecto De Los Inmuebles Que Reciba, Situados En Jurisdicción De Puerto Colombia, Y Que Hayan Sido Afectados Por Actos De Terceros

Decreto 230 de 1948 · Por el cual se dispone la entrega de unos bienes del Ferrocarril de Barranquilla al Ministerio de Obras Públicas

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Ministerio de Obras Públicas adelantará las gestiones que se estimen oportunas y ejecutará los derechos a que pueda haber lugar respecto de los inmuebles que reciba, situados en jurisdicción de Puerto Colombia, y que hayan sido afectados por actos de terceros. Comuníquese y publíquese.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 230 de 1948