° La referida entrega se hará por medio de comisionados, y se dejará constancia de ella en acta, de la cual se enviarán sendos ejemplares al Ministerio de Obras Públicas y al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles.
Decreto 230 de 1948 →Vigente
Artículo 2
La Referida Entrega Se Hará Por Medio De Comisionados, Y Se Dejará Constancia De Ella En Acta, De La Cual Se Enviarán Sendos Ejemplares Al Ministerio De Obras Públicas Y Al Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles
Decreto 230 de 1948 · Por el cual se dispone la entrega de unos bienes del Ferrocarril de Barranquilla al Ministerio de Obras Públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.