DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2116 de 1957
Por el cual se dictan disposiciones sobre inversiones de compañías de seguros y capitalización
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modificase El Ordinal B) Del Artículo 1° Del Decreto Número 1019 De 1955, En El Sentido De Que El 22% De Los Activos Totales De Que Allí Se Habla, Se Distribuirá Así: A) Un 12% Que Se Deberá Invertir En Los Valores Y Obligaciones Que Enumera El Mismo Ordenal B) Del Artículo Citado; B) Un 89% Que Se Invertía Únicamente, En Cédulas Hipotecarias O Bonos Industriales De Garantía General, Emitidos Por Bancos Hipotecarios, Y C) Un 2% Que Se Invertirá Únicamente En Bonos Del "banco Educativo Colombiano"2Las Compañías De Seguros3Las Sociedades De Capitalización De Que Trata La Ley 66 De 1947, Quedarán Sujetas; En Cuanto A Inversiones En Cédulas Y Bonos Del "banco Educativo Colombiano'' Al Régimen De Inversiones Establecido Para Las Compañías De Seguros4Los Bancos Comerciales Deberán Suscribir Una Suma Equivalente Al 2% De Sus Pósitos A La Vista Y A Término En Bonos Del "banco Educativo Colombiano"5Las Compañías De Seguros, Los Bancos Comerciales Y Las6El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarías
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gral. Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Mayor General Gabriel ParísEl Ministro de Guerra, encargado del Ministerio de relaciones Exteriores · encargado
- Hernando Salazar MejíaEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Castor Jaramillo ArrabioEl Ministro del Trabajo
- Gabriel Velásquez PalónEl Ministro de Salud Pública
- Félix García RamírezEl Ministro de Minas v Petróleos
- Gabriel Betancur MejíaEl Ministro de Educación Nacional
- Contraalmirante Rubén Piedrahita ArangoEl Ministro de Obras Públicas