DecretoVigente
Decreto 2062 de 1927
Por el cual se establece una guardia militar en comisión en la flotilla postal del río Magdalena
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establécese Una Guardia Militar En La Flotilla Postal Del Río Magdalena, Que Se Tomará De Los Regimientos De Infantería De La 2ª División Del Ejército, En La Forma Que Determine El Ministerio De Guerra2Las Guarniciones A Bordo Tendrán La Misión De Dar Seguridad A Los Barbos Y Prestar La Vigilancia Que Sea Necesaria3La Conducta De Las Guarniciones A Bordo, Así Como Su Actividad, Etc4La Tropa A Bordo Estará A Las Órdenes Inmediatas Del Oficial Que La Comande, Pero Esto Deberá En Todo Caso Proceder En Completa Armonía Con El Capitán Del Barco, Y En Forma Tal Que El Último Conserve La Autoridad Que Le Corresponde Como Comandante Del Barco Y Que Se Cumplan Sus Disposiciones Relativas A La Navegación Y Gobierno Del Buque5El Personal De La Guarnición Militar Pagará A Los Barcos Donde Presten Sus Servicios, Por Alimentación, Las Siguientes Sumas Mensuales: El Oficial, Treinta Pesos ($ 30); Los Suboficiales, A Diez Pesos ($ 10); Y Los Soldados, A Nueve Pesos ($ 9), Que Se Cubrirán En La Forma Que Determinen Los Mencionados Ministerios De Guerra Y De Correos Y Telégrafos
03