DecretoVigente
Decreto 2011 de 2012
por el cual se determina y reglamenta la entrada en operación de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, y se dictan otras disposiciones
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Inicio De Operaciones2Continuidad En El Régimen De Prima Media Con Prestación Definida De Los Afiliados Y Pensionados En Colpensiones3Operaciones De La Administradora Colombiana De Pensiones - Colpensiones4Pensionados Administrados Por La Caja De Previsión Social De Comunicaciones - Caprecom5Pensiones Causadas6Transferencia De Las Reservas Del Fondo Común De Naturaleza Pública (Foncap)7Transferencia De Bienes8Entrega De Los Archivos Correspondientes De Los Afiliados A La Administración Del Régimen De Prima Media Con Prestación Definida9Vigencia Y Derogatorias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y en desarrollo del artículo 155 de la Ley 1151 de 2007, y
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Alejandro Gaviria UribeEl Ministro de Salud y Protección Social
- Rafael Pardo RuedaEl Ministro del Trabajo
- Elizabeth Rodríguez TaylorLa Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública