°. Entrega de los archivos correspondientes de los afiliados a la administración del Régimen de Prima Media con Prestación Definida. Al momento de la entrada en vigencia del presente decreto, la Caja de Previsión Social de Comunicaciones - Caprecom, entregará la totalidad de los archivos digitales e información relacionados con los afiliados que estén en las bases de datos y que correspondan al negocio de pensiones, en el estado en que se encuentren, para su administración por parte de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones. La Caja de Previsión Social de Comunicaciones - Caprecom, entregará inventariados y foliados, los archivos físicos relacionados con los afiliados del Régimen de Prima Media con Prestación Definida a la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, en un plazo no superior a dos (2) meses contados a partir de la vigencia del presente decreto, lo cual constará en las actas que se suscriban para el efecto. En el evento que la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones en cumplimiento de sus funciones, como administrador del Régimen de Prima Media con Prestación Definida o para el cumplimiento de órdenes judiciales, antes de su entrega requiera de información que conste en los archivos en custodia de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones - Caprecom, esta deberá suministrarla en un término no superior a cinco (5) días. CAPÍTULO III Disposiciones Finales
Decreto 2011 de 2012 →Vigente
Artículo 8
Entrega De Los Archivos Correspondientes De Los Afiliados A La Administración Del Régimen De Prima Media Con Prestación Definida
Decreto 2011 de 2012 · por el cual se determina y reglamenta la entrada en operación de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.