DecretoVigente
Decreto 1965 de 1951
Por el cual se aprueba la Resolución número 7 de la Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 11Conceder Plazos Hasta De Un Año, A Partir De La Fecha Aprobación Del Respectivo Registro De Exportación, Para Reintegrar Al País Y Vender Al Banco De La República, U A Otro Banco Tapizado, El Producto En Moneda Extranjera De Las Exportaciones De Artículos Manufacturados En Colombia, Siempre Que Se Trate De Ventas En Consignación Y Que El Registro De Exportación Hubiere Sido Aprobado Directamente A Favor Del Fabricante O Productor Nacional2En Caso De Que Un Artículo De Manufactura Nacional, Luego De Exportado, No Encontraré, Por Cualquier Motivo, Comprador En El Extranjero, El Respectivo Exportador Queda Obligado A Importar Lo Al País Dentro Del Mismo Términos De Tiempo Señalado En El Artículo Anterior Para El Reintegro De Las Divisas3Cuando De Un Exportación De Artículos Manufacturados En El País Sólo Se Venta En El Exterior Una Parte, El Exportador Deberá Reintegrar Las Divisas Correspondientes A La Parte Vendida Reimportar El Saldo De La Exportación No Vendido4En Los Casos De Re Importaciones Contemplados En Los Artículos 2° Y 3° De Esta Resolución, Las Aduanas Nacionales Vigilarán Que La Mercancía De Importada Corresponda Exactamente A La Que Se Había Exportado Para Su Venta En El Extranjero5Para Asegurar El Cumplimiento De Lo Dispuesto En Los Artículos Precedentes, Los Exportadores Deberán Constituir A Favor De La Oficina De Registro Y Cambios, Una Garantía Bancaria, O Con Depósito En Efectivo, O Representada En Documentos De Deuda Pública, Por El 20% Del Equivalente En Moneda Colombiana Del Valor En Divisas De La Exportación6En Los Términos De La Presente Resolución Quedan Derogadas Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias7Esta Resolución Regirá A Partir De La Fecha De Su Aprobación Por El Gobierno Nacional
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