DecretoDerogado
Decreto 1747 de 2000
por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999, en lo relacionado con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales.
29artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23Acreditación De Requisitos De Las Entidades De Certificación Cerradas4Artículo 45Acreditación De Requisitos De Las Entidades De Certificación Abiertas6Artículo 67Artículo 78Artículo 89Artículo 910Infraestructura Prestada Por Un Tercero11Informe De Auditoría12Artículo 1213Deberes14Artículo 1415Uso Del Certificado Digital16Unicidad De La Firma Digital17Decisión18Responsabilidad19Cesación De Actividades20Responsabilidad Derivada De La Administración De Los Repositorios21Artículo 2122Artículo 2223Artículo 2324Registro De Certificados25Artículo 2526Artículo 2627Artículo 2728Artículo 2829Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en la Ley 527 de 1999
- Augusto Ramírez OcampoEl Ministro de Desarrollo Económico
- Marta Lucía Ramírez De RincónLa Ministra de Comercio Exterior
- María Del Rosario Sintes UlloaLa Ministra de Comunicaciones