DecretoVigente
Decreto 1623 de 2023
Por medio del cual se modifica y adiciona el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en lo que hace referencia a la restitución y acceso a tierras, y proyectos productivos.
10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónese Un Inciso Tercero Al Artículo 22Modificar El Artículo 23Modifíquese El Numeral 2 Del Artículo 24Modifíquese El Artículo 25Modifíquese El Artículo 26Adiciónese El Capítulo 9, Al Título 1, De La Parte 15 Del Libro 2 Del Decreto 1071 De 2015, Decreto Único Reglamentario Del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero Y De Desarrollo Rural, El Cual Quedará Así: “capítulo 9 Segundos Ocupantes En El Proceso De Restitución De Tierras Artículo 27Adiciónese El Titulo 24, A La Parte 14 Del Libro 2 Del Decreto 1071 De 2015, Decreto Único Reglamentario Del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero Y De Desarrollo Rural, El Cual Quedará Así: “ Título 24 Proyectos Productivos Sostenibles Artículo 28Adiciónese El Capítulo 5 Del Título 22 De La Parte 14 Del Libro 2 Del Decreto 1071 De 2015, Decreto Único Reglamentario Del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero Y De Desarrollo Rural, La Cual Quedará Así: “capítulo 5 Contraprestación A Cargo De Los Sujetos Beneficiarios De Acceso A Tierras A Título Parcialmente Gratuito Artículo 29Adiciónese El Capítulo 9 Del Título 6 De La Parte 14 Del Libro 2 Del Decreto 1071 De 2015, Decreto Único Reglamentario Del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero Y De Desarrollo Rural, El Cual Quedará Así: “capítulo 9 Programa Especial De Dotación De Tierras A Favor De La Población Campesina Para La Producción De Alimentos Artículo 210Vigencia Y Derogatorias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las que le confiere el numeral 11 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política, el literal c) del artículo 31 de la Ley 160 de 1994 y en desarrollo de los artículos 91A, 97 literal e) de la Ley 1448 de 2011, 7° y 23 del Decreto Ley 902 de 2017 y
- Ricardo Bonilla GonzálezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Iván Velásquez GómezEl Ministro de Defensa Nacional
- Jhenifer Mojica FlórezLa Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural