DecretoDerogado
Decreto 1596 de 1972
Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre normas técnicas de productos e insumos agropecuarios
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Ministro De Agricultura Recomendará Al Consejo Nacional De Normas Y Calidades La Oficialización De Las Normas Técnicas Que Traten Sobre Productos E Insumos Agropecuarios2Para La Comercialización De Los Productos Agropecuarios, Sujetos A Norma Oficial Obligatoria, No Se Requerirá La Licencia De Que Trata El Artículo 19 Del Decreto 2416 De 19713Para La Producción O Fabricación Y Comercialización De Lo Sinsumos Agropecuarios Sujetos A Normas Oficial Obligatoria, Se Requieren Los Registros Previstos En El Decreto 843 De 1969 Y Su Vigencia Será La Señalada4El Control Y La Vigencia De Los Productos E Insumso Agropecuarios Sujetos A Norma Oficial Obligatoria, Serán Ejercidos De Acuerdo A Lo Establecido En El Decreto Extraordinario 2420 De 19685La Violación De Las Normas Técnicas Oficializadas Con Carácter De Obligatorias, Que Versen Sobre Productos E Insumos Agropecuarios, Será Sancionada Por El Ministerio De Agricultura O Por La Entidad Que Éste Designe, Mediante Resolución Motivada, Con Una O Varias De Las Siguientes Sanciones, Según La Gravedad Del Hecho; A) Multas Sucesivas Hasta De Cien Mil Pesos ($1006El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Modifica Toda Disposición Que Le Sea Contraria
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