DecretoDerogado
Decreto 15 de 1895
Por el cual se crean los Jefes Civiles y Militares y se les señalan funciones
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Departamentos Donde Se Altere El Orden Público Serán Regidos, Cuando Así Lo Determine El Gobierno, Por Un Funcionario Que Ejercerá Conjuntamente La Autoridad Civil Y La Militar, Que Será De Libre Nombramiento Y Remoción Del Presidente De La República Y Que Se Denominará Jefe Civil Y Militar2Los Jefes Civiles Y Militares Tendrán Las Siguientes Atribuciones: 13Los Jefes Civiles Y Militares Que Funcionen En Territorios A Donde No Puedan Llegar Fácilmente Las Órdenes E Instrucciones Del Gobierno, Quedan Facultados Para Obrar Discrecionalmente Según Lo Demanden Las Circunstancias4Los Decretos De Nombramiento De Jefes Civiles Y Militares Serán Refrendados Por Los Ministros De Gobierno Y Guerra
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