° Los Jefes Civiles y Militares que funcionen en territorios a donde no puedan llegar fácilmente las órdenes e instrucciones del Gobierno, quedan facultados para obrar discrecionalmente según lo demanden las circunstancias.
Decreto 15 de 1895 →Vigente
Artículo 3
Los Jefes Civiles Y Militares Que Funcionen En Territorios A Donde No Puedan Llegar Fácilmente Las Órdenes E Instrucciones Del Gobierno, Quedan Facultados Para Obrar Discrecionalmente Según Lo Demanden Las Circunstancias
Decreto 15 de 1895 · Por el cual se crean los Jefes Civiles y Militares y se les señalan funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.