DecretoVigente
Decreto 1275 de 1938
Por el cual se reforman los Decretos números 2239 de 1937 y 123, 1017 de 1938, se reorganiza el servicio de inalámbricos y se dictan otras disposiciones
11artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Estaciones Radiotelegráficas Funcionarán Separadamente De Las Oficinas2Suprimense Los Siguientes Puestos En Las Oficinas Telegráficas Que A Continuación Se Expresan: Departamento De Antioquia 1098-Medellín3Las Siguientes Estaciones Radiotelegráficas, Continuarán: Funcionando Con El Mismo Personal Y Asignaciones Mensuales Que Tienen Actualmente: Turbo, Guapi, Santa Marta, Leticia,4Créanse Las Siguientes Estaciones Radio Telegráficas Con Los Empleados Y Asignaciones Mensuales Que Se Indican En Seguida: Departamento De Antioquia 1098-Bis5Créanse Los Siguientes Puestos, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Indican En Seguida: Departamento De Antioquia 10986Hácense Los Siguientes Nombramientos, Para Las Estaciones Radiotelegráficas, Creadas Por El Artículo 4°, Del Presente Decreto: Estación Radiotelegráfica De Medellín: Jefe De Radio, Señor Arturo Patino Roldán7No Digitado En Diario Oficial 23859> >8Hácense Los Siguientes Nombramientos Para Los Puestos Creados Por El Artículo 5° Del Presente Decreto: Oficina Telegráfica De Medellín: Jefe De Telégrafos, Señor Jesús Restrepo Ossa9Los Empleados Nombrados Por Los Artículos 7° Y 8° De Este Decreto, Que Sólo Cambian De Denominación, Pero Que Continúan Con Los Mismos Sueldos Y Las Mismas Funciones, No Necesitan De Nueva Posesión10Los Jefes De Las Oficinas Telegráficas De Manizales, Bucaramanga, Popayán, Neiva, Santa Marta, Ibagué, Pasto Y Cúcuta, Se Denominarán En Adelante Jefes De Telégrafo11El Presente Decreto Regirá Desde El Día 16 De Julio De 1938, Y Los Gastos Que Ocasione Se Pagarán Con Imputación Al Capítulo 53, Artículo 385 Del Presupuesto Vigente
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