Micelio

Artículo 6

Hácense Los Siguientes Nombramientos, Para Las Estaciones Radiotelegráficas, Creadas Por El Artículo 4°, Del Presente Decreto: Estación Radiotelegráfica De Medellín: Jefe De Radio, Señor Arturo Patino Roldán

Decreto 1275 de 1938 · Por el cual se reforman los Decretos números 2239 de 1937 y 123, 1017 de 1938, se reorganiza el servicio de inalámbricos y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes nombramientos, para las Estaciones radiotelegráficas, creadas por el artículo 4°, del presente Decreto: Estación Radiotelegráfica de Medellín: Jefe de Radio, señor Arturo Patino Roldán. Operadores de Radio, señores Jorge Castaño, Miguel Angel Uribe, Teódulo Rodríguez y Apolinar Flórez. Mecánico de Radio y Motores, señor Salvador Marín. Mecánico Ayudante, señor José García. Cajero, señor Arturo Eusse. Oficiales de Recibo, señores Guillermo Toro y Daniel Zapata. Mensajeros, señores Eladio Giraldo, Porfirio Toro, Germán Bedoya, Alfonso Gil y Jesús Castaño. Estación Radiotelegráfica de Barranquilla: Jefe de Radio, señor Arturo Aicardi. Operadores de Radio, señores Ismael Cervantes, Jesús Torres, Carlos Landazábal, Jesús María Guzmán Corredor, Guillermo Posee, Roberto Tópaga y Pedro Lozano. Estación Radiotelegráfica de Barranquilla: Mecánicos de Radio y Motores, señores Ernesto Borda y Julio Barrios. Chequeadores. señores Armando de Castro y José María Flórez. Mensajeros, señores Rafael Guzmán, José Joaquín Páez, Fidias Rovira y Moisés Canal. Estación Radiotelegráfica de Cartagena: Jefe de Radio, señor Aurelio Hernández. Operadores de Radio, señores Roberto Olave, Manuel J. Guevara y Benjamín Uribe. Mecánico de Radio y Motores, señor Alfonso Jiménez. Mecánico Ayudante, señor Vicente Díaz. Mensajeros, señores Víctor Olave y Leónidas Orozco. Estación Radiotelegráfica de Sinceléjo: Jefe de Radio, señor Samuel H. Nicholls. Estación Radiotelegráfica de Manizales: Jefe de Radio, señor Ricardo García Bonilla. Operador de Radio, señor Carlos A. Téllez. Mecánico de Radio y Motores, señor Víctor Ospina. Oficial de Recibo, señor Arcesió Arias. Mensajeros, señores Ignacio Quintero y Luis. Ríos O. Estación Radiotelegráfica de Pasto: Jefe de Radio, señor Guillermo Bahamón. Operador de Radio, señor Efraín Bravo Luna. Estación Radiotelegráfica dé Tumaco: Jefe de Radio, señor Luis Alejandro Rodríguez Amaya. Mecánico de Radio y Motores, señor Pedro Pabló Nel Castillo. Estación Radiotelegráfica de Cúcuta. Jefe de Radio;, señor Carlos R. León. Operadores de Radio, señores Alfredo Fortuna y Félix Rodríguez. Mecánico de Radio y Motores, señor Miguel Mendoza. Mecánico Ayudante, señor Juan Angel Arias. Mensajero, señor José de la Rosa, Hernández. Estación Radiotelegráfica de Barrancabermeja: Jefe de Radio, señor José Helí Camacho. Operador de Radio, señor Carlos Elias Casalins. Estación Radiotelegráfica de Bucaramanga: Jefe de Radio, señor Gonzalo S. Galvis. Operador de Radio, señor Fernando Hoyos Arenas. Mecánico de Radío y Motores, señor Alfonso Escallón. Mecánico Ayudante, señor Pedro J. Uribe. Mensajeros, señores José Angel García y Luis F. Mutis. Estación Radiotelegráfica de Cali: Jefe de Radió, señor Alejandro Caicedo. Operadores de Radio, señores Ramón A. Romero y Jorge Astorquiza. Mecánico de Radio y Motores, señor Francisco Ramos. Mecánico Ayudante, señor Eleazar Ortiz. Mensajeros, señores Argemiro Campo e Ignacio Londoño. Estación Radiotelegráfica de Quibdó: Jefe de Radio, señor Silvio Silva García. Mecánico de Radio y Motores, señor. Julio Barrios Ferrer. Mensajero, señor Francisco José Camacho. Estación Radiotelegráfica de Arauca: Jefe de Radio, señor Héctor Aycardi. Operador de Radio y Motores, señor Carlos Matallana.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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