° Créanse los siguientes puestos, con las asignaciones mensuales que se indican en seguida: DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 1098. Oficina Telegráfica de Medellín: Un Jefe de Telégrafos, con $ 160.00 DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO 2009. Oficina Telegráfica de Barranquilla: Un Jefe de Telégrafos, con $ 170.00 DEPARTAMENTO DE BOLIVAR 3023. Oficina Telegráfica de Cartagena: Un Jefe de Telégrafos, con $ 160.00 DEPARTAMENTO DE NARIÑO 10053. Oficina Telegráfica de Tumaco: Un Jefe de Telégrafos, con $ 130.00 DEPARTAMENTO DE SANTANDER 12021. Oficina Telegráfica de Barrancabermeja: Un Jefe de Telégrafos, con $ 160.00 DEPARTAMENTO DEL VALLE 14019. Oficina Telegráfica de Cali: Un Jefe de Telégrafos, con $ 160.00 INTENDENCIA DEL CHOCO 15115. Oficina Telegráfica de Quibdó: Un Jefe de Telégrafos, con $ 150.00 COMISARIA DE ARAUCA 15403. Oficina Mixta de Correos y Telégrafos de Arauca: Un Jefe de Telégrafos Administrador, con $ 150.00 1.210.00 Total de creaciones $ 8.364.00
Decreto 1275 de 1938 →Vigente
Artículo 5
Créanse Los Siguientes Puestos, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Indican En Seguida: Departamento De Antioquia 1098
Decreto 1275 de 1938 · Por el cual se reforman los Decretos números 2239 de 1937 y 123, 1017 de 1938, se reorganiza el servicio de inalámbricos y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.