Micelio

Artículo 8

Hácense Los Siguientes Nombramientos Para Los Puestos Creados Por El Artículo 5° Del Presente Decreto: Oficina Telegráfica De Medellín: Jefe De Telégrafos, Señor Jesús Restrepo Ossa

Decreto 1275 de 1938 · Por el cual se reforman los Decretos números 2239 de 1937 y 123, 1017 de 1938, se reorganiza el servicio de inalámbricos y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes nombramientos para los puestos creados por el artículo 5° del presente Decreto: Oficina Telegráfica de Medellín: Jefe de Telégrafos, señor Jesús Restrepo Ossa. Oficina Telegráfica de Barranquilla: Jefe de Telégrafos, señor Néstor Madariaga. Oficina Telegráfica de Tumaco: Jefe de Telégrafos, señor Guillermo Cubides. Oficina Telegráfica de Barrancabermeja: Jefe de Telégrafos, señor Adolfo Valenzuela. Oficina Telegráfica de Quibdó: Jefe de Telégrafos, señor Sarbelio Murilló. Oficina Mixta de Correos y Telégrafos de Arauca. Jefe de Telégrafos Administrador, señor José A. Ortiz.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1275 de 1938